1.1. Marco legal en el que se encuadra el Plan de Igual- dad La igualdad entre mujeres y hombres es un principio universalmente reconocido cuya proyección se ha ido plasmando y desarrollando paulatinamente a través de distinta y numerosa normativa internacional y que conforma el actual entramado jurídico de ámbito supranacional que delimita el marco de actuación y protección jurídica-internacional. La igualdad como principio fundamental, viene recogida, reconocida y amparada en diversos textos internacionales. La Convención sobre eliminación de toda clase de discriminación contra la mujer, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en diciembre de 1979, reconoce este derecho, identifica y define la situación de discriminación y establece una serie de medidas y garantías para su eliminación y tutela jurídica. Con su ratificación, los Estados firmantes, adquirieron un compromiso común para la lucha contra la discriminación de la mujer en todas sus manifestaciones. (España ratificó la Convención en 1983). En el ámbito europeo, la igualdad entre mujeres y hombres es reconocida por la Unión Europea como un derecho fundamental. La eliminación de la desigualdad, se convierte en un objetivo común a integrar dentro de las políticas de actuación y del ordenamiento jurídico tanto de la Unión como de sus estados miembros. (Tratado de Ámsterdam 1 de mayo de 1999). Toda esta normativa internacional se ha venido integrando paulatinamente dentro del ordenamiento jurídico español, y desarrollando a través de normativa de distinta índole. La Constitución Española en su artículo 14 proclama el derecho a la igualdad y a la no discriminación por razón de sexo, en el Artículo 9.2 legítima las acciones positivas como estrategia de compensación de la desigualdad 6
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